N-525, a su paso por Xinzo de Limia
El proceso judicial por el trágico atropello registrado en Xinzo de Limia en agosto de 2021 ha quedado archivado tras el fallecimiento del conductor implicado, quien iba a ser juzgado por homicidio imprudente. La víctima, un peatón de 46 años, perdió la vida en el acto tras ser embestido por un vehículo cuyo conductor, ebrio, se dio a la fuga. La responsabilidad civil ahora recaerá en las aseguradoras.
Los hechos se produjeron durante la noche del 11 de agosto de 2021 en la N-525, concretamente en el kilómetro 198. Un vecino de Triacastela, de 46 años, fue arrollado por un vehículo mientras conversaba con un camionero en el arcén. El conductor del turismo, un varón de 49 años y natural de Xinzo, invadió el arcén, impactó contra el peatón y abandonó la escena sin detenerse a socorrerle.
El fuerte impacto provocó la muerte inmediata de la víctima debido a un politraumatismo. Los servicios de emergencia que acudieron al lugar no pudieron hacer nada por salvarle la vida. El conductor fue localizado poco después en su domicilio por efectivos de la Guardia Civil, quienes comprobaron que presentaba signos claros de embriaguez.
La prueba de alcoholemia a la que fue sometido arrojó un resultado de 1,66 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, más de seis veces por encima del límite legal permitido. Además, el individuo tenía retirado el carné de conducir desde hacía solo cuatro meses por motivos previos relacionados con la seguridad vial.
Como consecuencia, la Fiscalía le imputó tres delitos: homicidio imprudente, conducción bajo los efectos del alcohol y omisión del deber de socorro. De haber llegado a juicio, el acusado se enfrentaba a una condena de hasta cinco años de prisión, la pérdida definitiva del permiso de conducir y elevadas indemnizaciones a la familia del fallecido.
El fallecimiento del conductor, que padecía una enfermedad oncológica, ha imposibilitado la celebración del juicio previsto, que ya había sido pospuesto en julio por motivos de salud. Con su muerte, se cierra definitivamente la vía penal, aunque se abre el proceso por la vía civil para dirimir responsabilidades económicas entre aseguradoras y afectados.
La víctima dejó un hijo menor de 14 años y convivía con sus padres, ambos con discapacidad reconocida del 33 %, así como con un hermano. La Fiscalía estimó que las indemnizaciones por su muerte superarían los 134.000 euros para cada progenitor, más 20.000 euros para el hermano y 132.000 euros para el hijo menor. Estas cantidades recaerían sobre la aseguradora como responsable directa, y de manera subsidiaria sobre el conductor fallecido.
Hasta la fecha, la compañía aseguradora ya había abonado una cantidad superior a los 118.000 euros en concepto de indemnización. Con la defunción del acusado, cualquier disputa pendiente deberá resolverse mediante un pleito civil, en el que se dirimirá la responsabilidad directa o subsidiaria de la aseguradora en función del contrato y las coberturas contratadas.
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